POLÍTICA AML y KYC

Esta Política está destinada a proporcionar la información de que la compañía OrionNXT ("Compañía") cumple estrictamente con todas las leyes y regulaciones aplicables de anti-lavado de dinero (AML) y conozca a su cliente (KYC), y las políticas de lucha contra el financiamiento del terrorismo (CFT). . Para ello, la Compañía lleva a cabo un conjunto de acciones encaminadas a revelar los fondos obtenidos de forma delictiva y sus contramedidas de legalización en correspondencia con los requisitos internacionales. Fecha de la última actualización: 17.04.2023

1. IDENTIFICACIÓN Y VERIFICACIÓN DE CLIENTES
1.1. De acuerdo con las políticas AML y KYC (Know Your Client), la Compañía identifica al Cliente y
verifica su verdadera identidad sobre la base de documentos y datos tanto en el momento de iniciar una
relación comercial con el Cliente como de manera continua.
1.2. Durante el proceso de registro, el Cliente proporciona la información de identificación a la
Compañía, incluido el nombre completo del Cliente, fecha de nacimiento, país de residencia, número de
teléfono móvil y correo electrónico.
1.3. Luego de recibir la información de identificación, la Compañía deberá verificar la información
solicitando los documentos correspondientes.
1.3.1. El documento apropiado que verifica la identidad del Cliente es una copia escaneada de alta
resolución o una foto de un pasaporte o una licencia de conducir o cualquier otra identificación
nacional.
1.3.2. El documento apropiado que verifica el comprobante de domicilio es una copia de alta resolución
o una foto de una factura de servicios públicos o una referencia bancaria emitida en los últimos 3 meses.
1.4. A pedido de la Compañía, el Cliente debe proporcionar una copia escaneada o una foto del anverso
y el reverso de la tarjeta de crédito/débito. El anverso debe mostrar el nombre completo del titular de la
tarjeta, la fecha de vencimiento y los primeros seis y los últimos cuatro dígitos del número de la tarjeta.
El reverso debe mostrar la firma del titular de la tarjeta, el código CVC2/CVV2 debe estar cubierto.
1.5. La Compañía monitoreará la diligencia debida y las cuentas del Cliente de manera regular para
determinar el nivel de riesgo que representan y para revelar cualquier cambio en la información sobre el
Cliente.
1.6. Si la Compañía cree que la relación comercial con el Cliente presenta un riesgo potencialmente alto
de lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, la Compañía tiene derecho a solicitar cualquier
información y documentos adicionales que se consideren necesarios en la situación.
1.7. El Cliente está obligado a informar inmediatamente de cualquier cambio en la información personal
o de contacto.
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2. POLÍTICA DE PAGO
2.1. Con el fin de minimizar el riesgo de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, la Compañía
no acepta ni paga dinero en efectivo bajo ninguna circunstancia.
2.2. La Compañía se reserva el derecho de rechazar el procesamiento de una transacción en cualquier
etapa, si la Compañía cree que la transacción está relacionada de alguna manera con el lavado de dinero
o una actividad delictiva.
2.3. De acuerdo con la legislación internacional, la Compañía tiene prohibido informar al Cliente que ha
sido denunciado por actividad sospechosa en la cuenta.
2.4. El nombre de una persona que realiza un depósito de fondos debe ser el mismo que el nombre del
Cliente en los registros de la Compañía. No se aceptan pagos de terceros.
2.5. La Compañía exige el cumplimiento estricto del procedimiento de depósito/retiro establecido. Los
fondos se pueden retirar a la misma cuenta y utilizando el mismo método que cuando se depositaron. Al
retirar, el nombre de un beneficiario debe ser el mismo que el nombre del Cliente en los registros de la
Compañía. Si el depósito se ha realizado mediante transferencia bancaria, los fondos deben retirarse
mediante la misma transferencia al mismo banco y a la misma cuenta bancaria que cuando se realizó el
depósito. Si el depósito se ha realizado mediante un sistema de pago, los fondos se pueden retirar
mediante transferencia en línea al mismo sistema de pago y a la misma cuenta que cuando se depositó.
2.6. El cumplimiento de la política AML requiere que el retiro de fondos se realice en la misma moneda
que cuando se depositó.
2.7. La Compañía mantiene registros de transacciones durante un mínimo de 5 años después de la
terminación de la relación comercial con el Cliente.
3. FORMACIÓN DEL PERSONAL
3.1. La Compañía designa a un Oficial de Cumplimiento AML y KYC que es completamente responsable
del cumplimiento de la Compañía con las políticas CFT, KYC y AML, establece y mantiene el programa
AML y KYC de la Compañía, capacita a los empleados AML y KYC, recibe, investiga y mantiene informes
internos de actividades sospechosas .
3.2. Todos los empleados, gerentes y directores de la Compañía son examinados adecuadamente al
ingresar al empleo.
3.3. Los empleados que tratan con clientes o están involucrados en cualquier control, verificación o
monitoreo de AML y KYC reciben capacitación AML. Cada nuevo empleado debe seguir un plan de
capacitación AML y KYC. El programa de capacitación AML y KYC incluye capacitación en identificación
de transacciones sospechosas, así como capacitación en prevención, detección y denuncia de delitos de
lavado de dinero y financiamiento del terrorismo.
3.4. Cualquier infracción de la política de AML y KYC debe informarse al oficial de cumplimiento de AML
y KYC, a menos que la infracción implique al oficial de cumplimiento de AML, en cuyo caso un empleado
debe informar la infracción al director ejecutivo.
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4. INTRODUCCIÓN DE CAMBIOS A LA POLÍTICA ALD
4.1. La Compañía se reserva el derecho de revisar y/o modificar la Política AML, a su exclusivo criterio,
por lo que debe volver a leerla periódicamente. Si el Cliente continúa utilizando los servicios del sitio
web o lo visita, acepta automáticamente los cambios introducidos en la Política.